Re: pregunta

From: Carlos Brito (clbmtoc@telcel.net.ve)
Thu Apr 3 11:29:39 2003


At Thu, 03 Apr 2003, Dr. Fco. Javier Robles Elias wrote: >
>Estimados colegas:
>
>en el estado de Sonora, Mexico existen regulaciones con caracter legal que toman como impedimento para matrimonio y como causal de divorcio a algunas enfermedades que nuestros legisladores textualmente expresan de la siguiente manera:
>

Consultando a un amigo abogado este me expresa que en codigo venezolano mas bien se protege a aquella persona que dentro de la sociedad del matrimonio perdiera su salud mental, de tal manera de asegurarle la manutencion al incapacitado. POr otra parte las enfermedades infecto-contagiosas pueden ser tomadas como causas de fuerza mayor por considerar que afectan la salud de la contraparte pero no está explicitamente escrito en el codigo.

--
Cada vez que logro ver mis incontables imperfecciones y defectos me llego a sentir menos imperfecto

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